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martes, 31 de mayo de 2011

Régimen tributario minero en Perú

Sin duda alguna, el aumento de los precios internacionales de los minerales incentivó al aumento de la producción y la pretensión exploratoria en territorio peruano.
La megadiversidad existente en Perú no excluye a los escenarios donde se desarrollan labores mineras, por ello es que existen particularidades y situaciones diversas respecto al tratamiento del tema minero.
Es así que se torna compleja la manera de tratar de uniformizar la diversidad y tener una singular apreciación sobre el tema minero y en particular sobre la Renta minera.
En tal sentido,es susceptible hacer diversas simulaciones y corridas de modelos matemáticos.
Uno de los resultados establece que la carga sobre la renta minera en Perú se encuentra entre 64.5% para un nivel de rentabilidad de 10% y 42.6% para un nivel de rentabilidad de 60%. 
Los datos precitados concuerdan con los resultados de la encuesta del Instituto Fraser que considera al Perú como un país que ostenta una carga tributaria mayor que la de sus principales competidores por inversión minera pero menor comparada con países que tienen bajo atractivo para la inversión minera.

Uno de los factores que afectan decididamente las inversiones es el riesgo país.

Para realizar un análisis comparativo de la política tributaria,legislación y tributación minera es fundamental considerar que el retorno sobre la inversión que se requiere en países de mayor riesgo es mayor y eventualmente podría soportar una menor carga tributaria para compensar dicho escenario.
Un tema de actualidad que estaría incrementando el riesgo país tiene que ver con la necesidad de revisión y mejora del sistema de otorgamiento y mantenimiento de concesiones mineras.

domingo, 29 de mayo de 2011

Petitorios mineros en Puno.

El Poder Ejecutivo oficializó hoy 29 de Mayo del 2011 el Decreto Supremo Nº 026-2011-EM -publicando en el diario oficial El Peruano- que dispone la suspensión de la admisión de petitorios mineros en el territorio de las provincias de Chucuito, El Collao, Puno y Yunguyo del departamento de Puno por un plazo de doce (12) meses.
Entre los considerandos que fundamentan el Decreto Supremo Nº 026-2011-EM. Se aprecia que según la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, el Estado es el responsable de velar para que el otorgamiento del derecho de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se realice en armonía con el interés de la Nación, el bien común y dentro de los límites y principios establecidos en la ley y en las normas reglamentarias sobre la materia.
El dispositivo, fue promulgado por el presidente de la República y refrendado por el ministro de Energía y Minas.
La medida se dictó en el marco del proceso de diálogo que se ha venido desarrollando entre representantes del Poder Ejecutivo y las autoridades regionales y locales de Puno, departamento en el que se viene acatando una huelga indefinida por 18 días en contra de las actividades mineras en la zona sur peruana.
La  suspensión  de  petitorios  Mineros en cuatro Provincias del departamento
de Puno  no constituye buen precedente para futuras inversiones en la Región.
En dicho proceso se ha manifestado la necesidad de efectuar las acciones tendientes a estudiar la situación de las concesiones mineras en las provincias antes mencionadas en una Comisión Multisectorial, haciéndose indispensable adoptar medidas que garanticen la implementación de las medidas que la referida comisión proponga.
Tomando en consideración que los criterios referidos a la admisión de petitorios mineros es un tema sistémico que podría extenderse a otros escenarios del territorio nacional, es altamente probable que la precitada Comisión Multisectorial este integrada también por representantes de la próxima administración del gobierno peruano en función a partir del 28 de Julio del 2011.

miércoles, 25 de mayo de 2011

Costos ambientales,utilidades y tributación minera.

Algunos argumentos que se vinieron mitificando para la minería en Perú se han expuesto a lo largo de los diferentes reportes brindados en este espacio.
Apuntes que podrían revisarse en el actual debate público respecto a la tributación minera podrían ser:
Las empresas mineras no comparten con el Perú las utilidades obtenidas.
Las empresas mineras pagan 30% de impuesto a la renta, al igual que todas las empresas formales en el Perú. A esta cifra se agrega el que las empresas mineras además de que si pagan dividendos contribuyen con otro 4.1% de impuesto sobre los dividendos. Asimismo, comparten 8% de sus rentas con sus trabajadores, y que en promedio además pagan regalías por 3% del Impuesto General a sus ventas equivalentes al 6% de sus rentas.
Debemos incluir otros impuestos como los aranceles, impuesto selectivo al consumo, entre otros que hacen un global equivalente al 2.5% de sus rentas.
Por otro lado, si consideramos el 3.75% de sus rentas atribuidos al aporte voluntario minero, estaríamos hablando del orden de 54%.
Es decir que las empresas mineras comparten con el país más de la mitad de sus utilidades y que el aumento en los precios de los minerales y el aumento en la rentabilidad de las empresas mineras han beneficiado tanto al País como a los inversionistas mineros.
Las utilidades de las empresas mineras pagan pocos impuestos y no dan trabajo a las mayorías nacionales.
Un estimado refiere que en el periodo comprendido entre el 2005 al 2010 las utilidades netas de la gran minería fueron el orden de los veinticuatro mil millones de dólares y las sobreganancias mineras han estado en el rango de US$ 1,500 millones/año en promedio considerando el periodo del 2007 al 2010, con respecto al 2005.
En la década comprendida entre 1999 y 2009, la minería pagó impuestos internos que superaron los cincuenta y dos mil millones de nuevos soles reales del 2009. Si la minería representó el 7.7% del PBI del país en ese periodo, resulta que la minería pagó proporcionalmente 72% más impuestos de lo que contribuyeron el resto de actividades en otros sectores económicos.
En los últimos diez años la minería aporto S/53,950 millones de nuevos soles para el País.
La minería representa más del sesenta por ciento (60%) de las exportaciones totales del país y más del cuarenta por ciento (40%) del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría que recauda el Estado.
Sin perjuicio a que la actividad minera se desarrolla sólo en el 1.3% del territorio peruano, el número de puestos de trabajo generados por la actividad minera, en forma directa, se duplicó en la última década, pasando de 71,144 puestos de trabajo en el año 2000 a 147,374 en el 2010.
Haciendo un estimado de números, tenemos que para el 2008, operando en 1.2 % del territorio nacional se beneficiaron a 8.7 % de la población peruana (servidas directa e indirectamente) y tomando en consideración que 13.8 % del territorio nacional (17´674,210 Hectáreas) han sido concedidas a la actividad minera, esperaríamos que cuando lleguemos a cubrir esta proyección de territorio se estaría multiplicando por diez la población potencialmente beneficiaria por la actividad minera en el país.
En suma, la actividad minera beneficia cada vez a más peruanos en razón al crecimiento potencial del sector en el tiempo y referenciado a la excelencia ambiental y social para alcanzar los niveles de inversión logrados en el país.


No debería alterarse el proceso de inversiones y sí fomentar un sistema tributario estable.
Las empresas mineras están obteniendo elevadas utilidades por los mayores incrementos en los precios internacionales de los minerales, sin hacer esfuerzos por mejorar tecnología ni haber incrementado en producción ni exploración.
Las empresas mineras, y el Perú, se han beneficiado con el aumento en los precios internacionales de los minerales, asimismo, estos beneficios se deben también al aumento en la producción minera.
La mitad del aumento en beneficios mineros obtenidos en la década comprendida entre 1999 y 2009 se debe a que la producción minera casi se duplicó en ese lapso.
Este escenario se produjo porque las mineras tuvieron que invertir además del desarrollo tecnológico para reducir el impacto ambiental generado, en exploración y explotación minera gracias a la estabilidad jurídica brindada por el país.
La minería peruana logró captar inversiones por más de dieciocho mil millones de dólares en los últimos quince años.
Perú ocupa actualmente el quinto lugar como destino de las inversiones en exploración a nivel mundial, las que en los últimos años han experimentado un incremento debido a la confianza de los inversionistas en el potencial minero nacional.
Presentan mayor carga tributaria Chile y en otros países mineros que compiten con las empresas mineras que operan en Perú.
Un análisis comparativo de los regímenes tributarios con diversos países demuestra que las empresas mineras en el Perú soporta una mayor carga sobre la renta de países competidores como Chile, Australia y Canadá.
La carga tributaria es mayor en el Perú principalmente debido a:
  • Las regalías mineras en el Perú se aplican sobre las ventas, mientras que en Chile y Canadá las regalías se aplican sobre la utilidad de las empresas.
  • Porque en el Perú las empresas mineras deben pagar un 8% de sus utilidades antes de impuestos como participación de los trabajadores y esto no ocurre en los otros países que resultan siendo nuestros principales competidores.
  • Al aplicar las regalías sobre las ventas da como resultado que para niveles bajos de rentabilidad (10% sobre ventas) las empresas mineras en Perú tendrían una carga sobre la renta especialmente elevada, 64%, mientras que en Chile y Canadá la carga comparable sería de 38% y en Australia de 51%, en todos los casos para las empresas domiciliadas en cada país.
De otro lado, las cargas sobre la renta son mayores que las existentes en Perú en países como Sudáfrica - que ahuyentaron la inversión minera- país en el cual la producción de oro cayó en 53% entre 1999 y 2009 y que pasó de lograr un tercio de la producción mundial a representar el 9% en el 2009.
Los ingresos por tributación minera, nunca llegarán a cubrir los costos reales de remediación del impacto ambiental causados por la industria minera.
A esta posición le sale al frente otra referida al costo oportunidad para la explotación de los minerales,indicando que es ahora o nunca porque si en unos años el crecimiento mundial cae y caen los precios de los minerales entonces no tendremos los miles de millones necesarios para extraerlos.
El proceso de regulación ambiental se adecua a las necesidades del país, priorizando las políticas mineras de estado a las coyunturales políticas de gobierno en sus diferentes niveles.
El marco teórico del sistema de sanciones por impacto ambiental que viene operando en el país proviene de los aportes del Análisis Económico del Derecho y de la Teoría de la Ejecución Pública de las Leyes, sin embargo, todo lo que buscan los sectores radicales en el país es preservar per se el medio ambiente judicializando el tema ambiental minero.
Por ello resulta importante identificar el daño ambiental generado como herramienta de protección antes de sancionar por cuestiones preventivas como es el hecho de pasar límites permisibles instantáneos, lo que mayormente es aplicable en el país.
La emisión y difusión de una  sanción mal aplicada genera malestar y temores infundados en la población y deteriora la imagen no solo de una compañía en particular sino de todo el sector minero.
La gente percibe que el marco legal es asimétrico, favorable para las inversiones mineras y desfavorable para los derechos de las poblaciones, que constituye la génesis de los problemas socioambientales recurrentes en Perú.
Aun no se termina por separar de las mentes de algunos peruanos a la minería contaminante informal de la gran minería.
Se efecuaron esfuerzos para corregir esta situación, el primer paso para formalizar esta minería transitó por reducir el tamaño de las concesiones mediante el ordenamiento territorial.
Si las medidas preventivas fallaran- se hace imprescindible accionar las medidas de mitigación, remediación y compensación ambiental en la zona afectada tal como corresponde realizar a la Compañía Minera bajo la atenta mirada de la autoridad sectorial correspondiente, como prescribe la norma peruana y que los encargados de la administración de la cosa pública están obligados hacer cumplir.
OSINERGMIN y luego OEFA sólo fiscaliza al 7% de las operaciones mineras del país, la gran parte ha sido transferida a los gobiernos regionales,instituciones jóvenes con una serie de defectos.
En este tema que consideramos central de la agenda pendiente de los niveles correspondientes de la nueva administración de Estado, sea el Ministerio del Ambiente - OEFA u otra encargada de las funciones de supervisión y fiscalización minera es que, de un lado, revise las fortalezas y debilidades de los instrumentos de regulación ambiental, y, de otro, que la necesaria rigurosidad técnica se instaure para identificar la gradualidad del daño ambiental generado previo a la sanción que el caso amerite.
Las nuevas inversiones y el estado del medio ambiente en el país demandan de una dinámica con capacidades de modernizar nuestra legislación no sólo buscando captar mejores ingresos hoy para el país sino sobre todo garantizar el equilibrio armónico que presentan los procesos de inversiones en el marco del desarrollo sostenible, para lo cual se precisa mantener un sistema tributario estable como garantía de las seguridades jurídicas existentes en el Perú actual.

lunes, 23 de mayo de 2011

Sanciones y multas en la industria minera peruana.

Un análisis teórico para averiguar si en Perú se están aplicando adecuadamente el tipo de sanciones en el sector minero y ver opciones para el cálculo de multas y aplicación de otras sanciones dentro de la discusión pública podría servir de cara a la pronta nueva administración del país.
El marco teórico del sistema de sanciones que viene operando en el país proviene de los aportes del Análisis Económico del Derecho y de la Teoría de la Ejecución Pública de las Leyes.
Este analiza los mecanismos por los cuales el Estado regula la conducta de los agentes de la economía disuadiéndolos de su incumplimiento, y por tanto, busca evitar la ocurrencia de eventos negativos.
El modelo del cual se derivó la fórmula práctica de cálculo de multas aplicadas por el regulador estaba basado en los trabajos de Cohen, quien plantea en su modelo una relación principal – agente.
Es en este contexto en que el regulador (principal), regula la conducta de la empresa (agente).
El modelo tiene, entre otros, los siguientes supuestos:
  • Las infracciones ocurren de manera aleatoria.
  • Los recursos con que dispone el regulador son limitados.
  • El objetivo del regulador es reducir la pérdida de bienestar de la sociedad debida a las consecuencias de las infracciones cometidas por las empresas.
  • El Estado peruano debe gastar recursos obtenidos de la sociedad con el fin de detectar el incumplimiento de las normas (ex – ante), y/o detectar los daños ocasionados por dicho incumplimiento (ex –post).
  • Las empresas realizan un análisis costo beneficio de ser detectados y sancionados antes de incumplir una norma.
  • El regulador exige un esfuerzo mínimo a las empresas en el cumplimiento de los reglamentos y normas medioambientales y de seguridad.
Teóricamente, el esfuerzo que realizan las empresas en el cumplimiento de normas modifica la distribución de probabilidades de ocurrencia de contaminación o de accidentes.
En este ejercicio, la solución óptima de la multa es aquella aplicada por el regulador, y que iguala el beneficio ilícito marginal por contaminar o incumplir las normas de seguridad con el Costo Marginal Social (CMS) .
Este CMS está definido como la negativa de la pérdida marginal de bienestar social proveniente de la contaminación ambiental o de la pérdida de calidad de vida de los individuos provocada por los accidentes.
La variable fundamental del modelo en este esquema es el esfuerzo de la empresa en cumplir las normas, pues ella modifica la distribución de probabilidades de ocurrencia de contaminación o de accidentes.
Debido a que este esfuerzo no es observable directamente por el regulador, surge la necesidad de incentivar este esfuerzo.
Mediante multas, el regulador logra teóricamente la disuasión de las empresas y la internalización de las consecuencias de sus infracciones.
Internalizar implica que la empresa toma en cuenta en sus costos las consecuencias negativas que origina a terceros.
Esta internalización iguala el costo privado con el costo social provocado por la empresa.
Dado a que el regulador no posee facultades compensatorias, no puede cobrar a la empresa la totalidad del valor neto del daño en la multa. Sin embargo, incluye una parte del daño en la multa, toda vez que considera que se debe incluir una proporción de dicho daño para que sirva como señal a la empresa de que deberá asumir la internalización de las consecuencias de sus infracciones.
También están los temas de la imagen institucional y el riesgo de la minera de ser comprendida como tercero civil responsable para el pago solidario de la reparación conjuntamente con el sentenciado y condenado o ser sujeto de la aplicación de consecuencias accesorias como el cierre de la unidad minera contaminante.
El cierre de minas de operaciones de la época de la colonia apoyarían en la imagen de la nueva minería.
De otro lado, mediante la Ley 28090 del año 2003 y su reglamento del año 2005, el D.S. N° 033-2005-EM se regula el cierre de minas, donde el Ministerio de Energía y Minas (MEM) fiscaliza la ejecución de la garantía.
La norma considera que el plan de cierre de minas deberá describir las medidas de rehabilitación, su costo, la oportunidad y los métodos de control y verificación para las etapas de operación, cierre final y post cierre. Asimismo, deberá indicar el monto y plan de constitución de garantías ambientales exigibles.
El titular de la actividad minera que no cuente con el plan de cierre de minas aprobado, está impedido de iniciar el desarrollo de operaciones mineras.
El titular de la actividad minera deberá constituir garantías a favor del MEM, a fin de cubrir los costos de las medidas de rehabilitación para los períodos de operación de cierre final y post cierre, mediante una o varias de las modalidades siguientes:
  • Cartas fianza o pólizas de caución u otros mecanismos equivalentes, sin beneficio de excusión, emitidos por un banco nacional o del exterior, de primer nivel, de acuerdo a lo señalado en la ley general del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, sus normas reglamentarias y en las disposiciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
  • Fideicomiso en garantía sobre lo siguiente: en efectivo; administración de flujo; bienes muebles e inmuebles distintos a las concesiones para actividades mineras y a las instalaciones objeto del plan de cierre de minas; y valores negociables excluyendo aquellos emitidos por el titular de actividad minera.
  • Fianza solidaria de tercero sobre la base de las modalidades señaladas en los literales anteriores, sin beneficio de excusión.
En este contexto, continuar perfeccionando el tema sobre pasivos ambientales, sanciones y multas en la insdustria minera será de mucha ayuda para ver la competitividad en la captación de nuevas inversiones.

viernes, 20 de mayo de 2011

Diálogo sobre tributación minera.

Ambos candidatos a la presidencia de la República peruana en el presente proceso electoral (2011), anunciaron que dialogarán con las empresas mineras - en caso de asumir la administración del Estado - sobre un posible incremento en la tributación minera, teniendo en consideración que ambos apuntan a lograr una ampliación de la recaudación tributaria debido a las nuevas condiciones del mercado internacional : con elevados precios de los metales y alta rentabilidad de las mineras.
En este escenario coyuntural, lo que correspondería entonces es propiciar un debate técnico y alturado  donde resulta insoslayable la intervención de otros factores como los contratos de estabilidad, mantener los niveles de competitividad y el uso racional de recursos por parte del Estado.
En este contexto es que se desarrolla las denominadas "propuestas para incrementar los impuestos a las sobreganancias mineras".
Algunas voces apuntan a que deba crearse nuevos tributos o incrementar los existentes para atender los programas de gobierno en lugar de fortalecer y hacer crecer lo que se tiene para salir a competir en el mercado mundial.
Las negociaciones tienen como antecedente una petición similar - cinco años atrás - por parte del gobierno peruano y del cual resultó el aporte voluntario minero equivalente al 3.75% como carga impositiva, según detalles siguientes:
Detalles sobre la carga impositiva aplicada en el Sector Minero.
Tomando en consideración los datos precedentes, se tiene que la carga tributaria aplicada al sector minero actualmente es del orden del cincuenta y cuatro por ciento.
Cabe entonces hacerse la pregunta ¿Hasta cuánto se podría incrementar la carga tributaria minera sin dejar de ser competitivos en el mercado mundial? 
Para dar respuesta a esta interrogante, es preciso evaluar previamente si es oportuno aplicar sus alcances a las empresas mineras que tienen contratos de estabilidad jurídica con el Estado, reconocidos por la Constitución Política, que solo pueden ser modificados por común acuerdo de las partes, lo que ya se ha estado dando en otros ámbitos con criterios realistas y legítimos.
De los 175 convenios firmados por el Perú desde 1991, unos 82 han sido modificados y gran parte de los contratos vencerán en los próximos cuarenta meses, estando también por finalizar los aporte voluntarios mineros.  
Se estima que la cartera de inversión en minería para el país es del orden de cuarenta mil millones de dólares, por lo cual resultaría conveniente evaluar la experiencia de otros países como Chile, Australia e Israel, que decidieron aumentar el porcentaje que recibe el Estado por la explotación de sus recursos no renovables.
En tanto se resuelva la interrogante, es importante anotar que el aporte minero por todo concepto al país en la última década se aproximó a cincuenta y cuatro mil millones de nuevos soles, de los cuales sólo el 54% pudo ejecutarse, demostrando que es posible mejorar en la gestión y lograr la ansiada paz social en escenarios como en la actual Región Puno, que desea participar de los beneficios tributarios mineros y rechaza la presencia de operaciones mineras en su jurisdicción territorial. 

miércoles, 18 de mayo de 2011

Modelo alternativo al extractivismo

"Las exportaciones de los productos mineros metálicos llegaron a 6,292 millones de dólares en el primer trimestre del 2011 y tuvieron un incremento de 29 por ciento (1,414 millones de dólares), con relación al mismo período del año anterior".
Información impactante sin la debida explicación como la precitada - alentadora para algunos - es tomada con preocupación por muchos y fomenta, de algún modo, los conflictos socioambientales.
Ello va de la mano con la necesidad de incrementar acciones con la protección, conservación y preservación del medio ambiente que es asociado con el éxito del sector minero propalado através de los medios de comunicación.
La competencia por el uso de los recursos naturales como el agua resultan cada vez mas frecuentes, con mayor incidencia en algunas cuencas que otras, sin perjuicio del estrés hídrico  focalizado en la desértica costa peruana.
El recurso agua en Costa peruana resulta estratégica para su desarrollo.
Una opción legítima que se viene manejando es que el Estado recupere el control estratégico de la explotación de los recursos naturales no renovables y es en ese sentido que se pronuncian múltiples instituciones que ven con preocupación una eventual explotación desmedida de los recursos naturales. 
El desafío que se le presenta entonces a la nueva administración del Estado peruano es buscar alternativas viables al modelo extractivista que encamine el proceso de desarrollo de las zonas mineras y para el resto del país.
Lo que debe quedar muy claro, es que el desarrollo del sector minero no se contrapone con el desarrollo nacional, pues con el buen manejo ambiental resulta ser uno de los pilares que sostiene el crecimiento del país.
En este contexto, resulta imprescindible que las políticas públicas del próximo gobierno peruano se referencien a las políticas de Estado que orientan la gobernabilidad del Perú.
El Acuerdo Nacional nos parece un eje de referencia que coadyuve a lograr el entendimiento deseado entre la explotación de los recursos naturales y la cartera de inversión prevista en minería.

domingo, 15 de mayo de 2011

Economía popular bajo la atracción de la industria minera.

Según la percepción de economía popular fomentada por algunos epígonos “la nación, el territorio, el suelo y subsuelo, nada existe: la economía gira en torno a la minería, es todo...”.
Y probablemente no les falte razón, si tomamos en cuenta la fijación mental que se tiene respecto a esta actividad del hombre contemporáneo que se desarrolla en el 1.3% del territorio peruano.
¿Pero de donde surge todo ese encanto por la minería, especialmente entre las zonas sin tradición minera?.
Intentos por explicar esta profunda atracción humana por la minería  han existido muchas, algunas más acertadas que otras.
Es una suerte de relación amor - odio y causal de emociones encontradas.
Como icono persiste la imagen del rescate en Oro y Plata por la liberación del Inca Atahualpa con el incumplimiento de las promesas esgrimidas por los conquistadores españoles.
Salvando el hecho que la industria minera abarca mas allá que los metales preciosos, asi como las distancias de espacio y tiempo, el panorama económico sustentado en las concesiones mineras presenta contradicciones y vacíos no solamente en las cuentas nacionales y pasivos ambientales, sino en los evidentes problemas de comunicación.
La semiótica entendida por el hombre Andino - como consumidor legal - no llega a entender las señales emitidas por el productor de leyes en materia minera, que materialmente se disemina desde la capital de la República.
De un lado se encuentra el mensaje sobre las regalías mineras por la explotación de las riquezas mineras de un recurso natural no renovable pertenecientes a todos los peruanos.
Por otro, la sensación que no les llega la parte de los beneficios que les corresponde por derecho de propiedad al ser peruanos. 
Esta situación se complica si la zona de influencia de la explotación minera es próxima a su localidad, viendo como se llevan las riquezas y en cambio les dejan paisajes impactados y una eventual secuela de contaminación de los recursos naturales.  
Mensajes distorsionados del efecto ambiental generado en otras actividades y modos de producción por la presencia de la minería, dan como resultado que muchas poblaciones no desean la presencia de la industria minera en sus locaciones y sin embargo, si desean participar del canon minero producido en otras regiones del país.
La población no termina de quedar mas confundida si en el problema de una deficiente gestión de los recursos provenientes de la actividad minera se incorporan señales que promueven una escalada de conflictos sociales donde  participan en forma directa o indirectamente las propias autoridades regionales.
Un ejemplo del efecto generado por la inoportuna distribución de los fondos recaudados del canon minero se puede observar en el siguiente informe donde se explica que integrantes de una Universidad de Puno se movilizó por las principales arterias de esta ciudad protestando contra el Gobierno Regional.
El rector de esta casa de estudios , encabezó la marcha solicitando que el actual Gobierno Regional cumpla con la transferencia de los fondos del canon minero.
La autoridad regional de Puno reconoce la existencia de una deuda pendiente que el gobierno regional tiene con la Universidad de Puno por concepto de canon minero y que será pagada apenas concluya el juicio pendiente contra el ex presidente regional.
La otra imagen, se expone en el siguiente reporte donde se difunde la reunión llevada a cabo entre autoridades regionales de Puno y dirigentes de las comunidades que se oponen a las concesiones mineras.
Ante este panorama, se plantea una controvertida ordenanza regional que declara intangible el territorio puneño.

Los manifestantes, agrupados en el Frente de Defensa de los Recursos Naturales, sin verificar si las empresas mineras cumplen con las normas de preservación del medio ambiente en la zona, piden en pleno siglo XXI prohibir la industria minera en Puno.
Corresponde a las autoridades y a los candidatos a la presidencia de la República enviar señales claras y firmes de que el Perú seguirá teniendo reglas claras y un buen clima para el desarrollo del sector minero.

jueves, 12 de mayo de 2011

Propuesta de modelo económico en Sector Minero Energético.

El miércoles 11 de mayo del 2011 en la ciudad de Lima, se desarrolló un Foro donde ilustres profesionales expusieron la propuesta de Gana Perú en lo que - de triunfar en el actual proceso electoralsería el Modelo Económico para el Sector Minero Energético.

Propugna una Economía Nacional de mercado abierta al mundo.
El modelo propugna una Economía Nacional de mercado abierta al mundo, considerando criterios de competitividad y el desarrollo de mercados de capitales para lo cual se estima fortalecer a los organismos reguladores.
Estipula el cambio de la matriz energética nacional, priorizando el desarrollo de energías renovables alternativas a combustibles fósiles.

Fomenta la modificación de la Política Energética en los hechos.
En el marco de una Política Tributaria que tienda a la simplificación de los procesos tributarios, menciona que no se van a crear nuevos impuestos.
Se promoverá la ampliación de la base tributaria y la reducción en la evasión y elusión tributaria.
Precisa que reducirá de 37% a 20% la tasa de evasión tributaria al terminarse el quinquenio.
Habrá un cambio en el Régimen tributario Minero que comparta las utilidades provenientes de los altos precios internacionales de los minerales.
Contempla que los contratos de estabilidad tributaria suscrita por el estado Peruano serán respetados y se planteará una renegociación, considerando que existe el antecedente del aporte voluntario minero.

Visión comparativa de la carga tributaria Perú-Chile.
En virtud de la carga tributaria comparativa con otros países, considera en esencia dos acciones:
En primer lugar, la renegociación de los contratos de estabilidad tributaria y en segundo lugar, modificar el impuesto a la renta o modificar la regalía.
En contraparte, se estipula a cambio la extensión del periodo de estabilidad de los contratos sobre un régimen tributario adecuado para las partes.
A nuestro juicio, sería importante ilustrar con indicadores económicos y financieros para poder evaluar el impacto en las inversiones futuras de las medidas previstas en el Plan.

martes, 3 de mayo de 2011

Tributación minera y pobreza.

Para apoyarnos con mayor abundamiento sobre el tema  que venimos comentando respecto de la tributación minera, reproducimos un reciente escrito de un prestigioso periodista peruano ( http://www.jaimedealthaus.com/articulos/mitos.html ) :
"Existe el mito de que nuestro crecimiento se debe al ‘boom’ del precio de los minerales. Ollanta Humala, por ejemplo, en su “Compromiso con el pueblo peruano”, afirma que hemos tenido “un crecimiento muy importante basado en los altos precios de las materias primas”. Nada más lejos de la verdad. En los últimos cinco años la tasa anual promedio de crecimiento de la minería ha sido de apenas 0,7%, y en los dos últimos años ha sido ¡negativa! (-3,2%), mientras que la manufactura no primaria ha crecido a 8% anual (pese a la fuerte caída del 2009), y la construcción a ¡14,3%! Lo que quiere decir que hace ya buen tiempo que el crecimiento de la economía peruana reposa principalmente en la demanda interna y en sectores no primarios. Y es lógico: tenemos ahora una industria competitiva y exportadora, inclusiva, que procesa nuestros recursos, que integra, que forma mercado interno.
Por eso, es equivocado también el mito, desarrollado en el plan de gobierno de Gana Perú, de que el modelo “neoliberal” ha “reprimarizado” la economía. Es al revés. Hace 25 años casi no exportábamos confecciones, productos químicos o metalmecánicos, menos aun agroindustriales no tradicionales. Entre 1994 y el 2007, las exportaciones no tradicionales se han expandido, en volumen (toneladas), a una tasa promedio anual de 2,5 veces superior a las tradicionales. Crecen –en volumen– mucho más rápido. Y esa velocidad se ha incrementado en los últimos años: entre el 2007 y el 2010, las no tradicionales se han expandido –siempre en volumen– a una tasa anual promedio ¡7,6 veces superior!. ( LAS NO TRADICIONALES CRECIERON A UN PROMEDIO ANUAL DE 22%, MIENTRAS LAS TRADICIONALES A 2,9% A LA DE LAS EXPORTACIONES TRADICIONALES DE MATERIAS PRIMAS.)
Entonces, está en marcha un acelerado proceso de diversificación de nuestras exportaciones con mayor valor agregado. Se trata de acelerarlo aun más y sustentarlo a largo plazo con el mejoramiento cualitativo de la educación, investigación e infraestructura. Para eso necesitamos, sí, de los recursos fiscales que aporta la minería. Necesitamos mucha más inversión minera (producimos menos de la mitad que Chile) para generar más recaudación y más inversión regional. Sería grave, entonces, atacar tributariamente a la minería con una carga superior al 70%, que es lo que se desprende del plan de gobierno de Humala, cuando la de Chile, con nuevas regalías y todo, solo alcanza al 40%; y más aun “nacionalizar” sectores estratégicos y recuperar el rol empresarial del Estado en ellos, como se plantea, porque lo único que lograremos es que no venga inversión externa a un sector de por sí complicado y que, por lo tanto, la inversión general se retraiga. Con lo que liquidamos la más grande conquista histórica del Perú: el crecimiento acelerado y sostenido, sin el que no se podrá derrotar la pobreza".
De otro lado, presentamos los siguientes videos considerando el tema de la tributación minera que por si solas se explican:
De lo expuesto, se deduce que el total de gravámenes que actualmente se estaría considerando para la minería llegaría al orden del 50 % y estaría escalando hasta superar el 70%; datos que a nuestro juicio debería merecer una explicación técnica para no generar mayores alteraciones en las expectativas de inversión en el sector minero peruano.