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domingo, 9 de abril de 2017

Falta de transparencia en zona rural que afecta inversiones mineras

La escasez de la producción minera proyectada y los proyectos de inversión más allá de 2017 es una preocupación que debe ser abordada.
Como ya muchos sabrán, es el pedido de una gran mayoría de peruanos para destrabar los proyectos mineros que están paralizados y dinamizar, a los que se encuentran en cartera, haciendo atractiva las nuevas inversiones, mas ahora que ingresamos a la etapa de la reconstrucción del país.
Perú promocionó en marzo del 2011 su cartera de inversión minera por cuarenta y dos ($ 42,000) mil millones de dólares hasta el 2021, en la Convención Anual Prospectors and Developers Association of Canada, el evento del sector más importante del mundo. Llegar a esa meta será viable con la estabilidad jurídica, política, económica y social, que permita hacer atractiva las inversiones en el país de cara al futuro.
Además es necesario un nuevo giro y otro enfoque a los programas sociales para mejorar los esfuerzos que realiza el Estado, especialmente en aquellas zonas rurales con poblaciones dispersas donde coinciden con las operaciones mineras.
Dotar de agua para consumo humano y saneamiento básico es sin duda alguna, una intervención de gran impacto que siempre fue  previsto en políticas, planes y programas de los últimos gobiernos nacionales en turno, pero que no tuvieron mayor éxito en las zonas rurales estratégicas.
Los reportes indican que en el periodo 2006-2010 se invirtieron S/. 4,772 millones de soles para mejorar la prestación del servicio de agua potable y  alcantarillado; y en el periodo 2011-2016 se invirtieron S/. 6,662 millones de soles; haciendo un gran total de S/. 11,434 millones invertidos en la década que, sólo habría alcanzado en su mayor parte a la zona urbana; en tanto, el destino de los fondos a las zonas rurales es desconocido, o al menos eso es lo que se han informado entre la dispersa y difusa información de los actores que intervienen en la zona rural.

Regulación de servicios de saneamiento en zonas rurales

Y aquí viene la pregunta, ¿realmente existe regulación que transparente los servicios de saneamiento en zonas rurales?
En primer lugar, el regulador SUNASS y sus medios informativos para las zonas rurales jamás reconocieron su falta de capacidad operativa para llegar a tener aproximación a las JASS y similares en el territorio nacional. En segundo lugar, esta falta de transparencia indujo a diagnósticos errados considerados en sucesivos planes y políticas de gobierno que no se cumplieron sus objetivos en el extremo de las zonas rurales; sin duda alguien sabe cómo influye esta falta de transparencia en el catastro de conflictos ambientales, mejor dicho, algunos lo saben, y entre los que lo saben se puede mencionar a quienes contribuyeron a la elaboración de la reciente política nacional de Saneamiento para cobertura universal del agua. Es así que afirman como diagnóstico (DS N° 007-2017-Vivienda) que en el área rural, la cobertura de agua potable, medida como el acceso a una fuente segura, es 70.5 % en agua; mientras que la de alcantarillado alcanza el 23.7 %. Asimismo que en este ámbito rural se concentra el 62.2 % de la población que no tiene acceso al agua, así como el 68.2 % de población que carece de servicios de alcantarillado. También identifica claramente a una región con una larga tradición minera: al ámbito rural de Cajamarca, que tiene la mayor población del país sin acceso a los servicios de alcantarillado (752,454 habitantes).

Nuevas reglas de juego para la zona rural con marco normativo innovado

¿y por qué lo digo?, porque la nueva administración del gobierno central peruano, en vigencia hace ocho meses, se encuentra en los esfuerzos legales de redefinir un nuevo marco normativo del sector saneamiento, constituido por tres ejes normativos: el Decreto Legislativo N° 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Decreto Legislativo N° 1284, Decreto Legislativo que crea el Fondo de Inversión Agua Segura, y; el Decreto Legislativo N° 1285, Decreto Legislativo que modifica el artículo 79 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, que establece disposiciones para la adecuación progresiva a la autorización de vertimientos y a los instrumentos de gestión ambiental.

Marco normativo innovado para un escenario que se mantiene en el tiempo

La gran mayoría de conflictos sociales que afectan el desarrollo de las inversiones mineras son de tipo socio ambiental y las causas son atribuidas fundamentalmente a la disponibilidad, acceso y contaminación del agua (binomio agua-tierra).
Las localidades en conflicto socio ambientales la constituyen pues pequeñas ciudades alto andinas focalizadas en zonas rurales con población en situación de pobreza (geográfica, monetaria, excluida…), con vocación agropecuaria en tierras de secano (riego con agua de lluvia) y con presencia importante de quechua hablantes y analfabetos.
El rechazo a la minería es un acto reflejo por la falta de atención histórica a las zonas rurales por parte de los diferentes niveles de gobierno que presumen no los hacen participar del crecimiento y desarrollo económico observado en otras ciudades emergentes de su región. Su reacción obedece al enfrentamiento a normas que no les fueron socializadas oportunamente, que no entienden  y que se sienten obligados a cumplir.

Que no se repita la historia

Así que, ¿aplicar más de lo mismo utilizando a los operadores de siempre para lograr resultados distintos a las clásicas frustraciones obtenidas en zonas rurales?
Pues la respuesta es obvia y muy sencilla. Su desarrollo abre una suerte de ventanas de oportunidades para avanzar hacia la meta país; los reglamentos de las normas deben recoger el diagnóstico real de las zonas rurales (diferenciadas en pisos altitudinales de costa,sierra y selva) y los compromisos ser monitoreados mediante adecuados indicadores en función de las viviendas y/o densidad poblacional que debe generar el regulador. Recordemos, en el país se multiplican en cada censo los centros poblados menores a cien (100) habitantes; el tratamiento hasta llegar a poblaciones hasta de 2 mil habitantes debe contemplar consideraciones de gradualidad donde el regulador debiera internalizar sus características.
La sostenibilidad de los servicios se alcanzará en la medida que se busquen sinergias entre sectores que tienen mejor opción de llegada en estos espacios geosociales, tales como salud,educación.. y se intervenga ponderando los nexos existentes en la relación agua-alimento-energía.
Después de todo, el tiempo de espera de los proyectos mineros se reducirán; de igual modo los conflictos socio ambientales, lo que redundará en reducir sobrecostos para los inversionistas y lograr mayores beneficios alineados a los grandes intereses del país.